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Redwhovian
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#65661Mensaje

1529180438173995011 Es repulsivo que este tipo de personajes tengan espacio público, y dantesco que representen a parte de la ciudadanía, pero para nuestro escarnio esta es la realidad que nos define políticamente, por eso a nadie le puede extrañar que el emérito nos visite de cuando en cuando para defecar su privilegios encima de nuestros derechos.
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DelBosque
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#65662Mensaje

Redwhovian escribió:1529180438173995011 Es repulsivo que este tipo de personajes tengan espacio público, y dantesco que representen a parte de la ciudadanía, pero para nuestro escarnio esta es la realidad que nos define políticamente, por eso a nadie le puede extrañar que el emérito nos visite de cuando en cuando para defecar su privilegios encima de nuestros derechos.
Y aún más nauseabundo es que tus amigos hagan homenajes a pistoleros en Euskadi y eso suceda impunemente. Y mucho más grave.
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Redwhovian
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#65663Mensaje

[youtube]ZtKEXFhWmic[/youtube]
Principios neoliberales, reaccionarios, racistas, se llega a esto, a un estado fallido.
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Paul Breitner
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#65664Mensaje

Es la primera que recibo por medios electrónicos, así que os cuento por si alguien no conoce el operativo.

Hace una semana que Hacienda me envió un SMS con el aviso de que tenía una notificación dirigida a un NIF con 4 dígitos y el resto ocultos. Repasé los NIFs de mis familiares (hago varias declaraciones) y los números del SMS no correspondían a ninguno de ellos. Pensé que era un error, pero no, eran del mío, de mi DNI (no debí dormir bien ese día), pero me despistó el formato XXXX1234X (es un ejemplo). Además acababa de recibir una alerta de mi Banco con la advertencia de que los amigos de lo ajeno están enviando enlaces que simulan a la Agencia Tributaria para apropiarse de tus datos.

Total, que hoy entro en mi área personal de la AEAT, para consultar un dato fiscal, y veo que tengo una notificación. Un requerimiento para presentar justificantes de pago en la declaración de la Renta de 2018. No problemo, lo tengo todo en regla, pero me salta la duda por la demora en ver la notificación. Hacienda da un plazo de 10 días para atender el requerimiento y el SMS lo recibí el 14 ( no cuentan sábados, domingos y festivos).

Estoy en plazo con el SMS, pero lo que de verdad tiene en cuenta Hacienda es el Acuse de recibo. Cuando entras en la notificación hay 2 botones: VER NOTIFICACIÓN (hay que firmar para verla) y ACUSE DE RECIBO. Cuando entras en acuse de recibo es el momento que Hacienda considera que te das por notificado y es a partir de ese momento en que se cuenta el plazo de 10 días. Es conveniente descargar el justificante.

La multa por no atender una notificación puede llegar a los 600.000 euros. Poca broma.

A no ser que seas el rey, que entonces puedes hacer lo que te salga de los cojones y los siervos te vitorean y te piden que les mees en la cara.
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Redwhovian
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#65665Mensaje

Paul Breitner escribió:Es la primera que recibo por medios electrónicos, así que os cuento por si alguien no conoce el operativo.

Hace una semana que Hacienda me envió un SMS con el aviso de que tenía una notificación dirigida a un NIF con 4 dígitos y el resto ocultos. Repasé los NIFs de mis familiares (hago varias declaraciones) y los números del SMS no correspondían a ninguno de ellos. Pensé que era un error, pero no, eran del mío, de mi DNI (no debí dormir bien ese día), pero me despistó el formato XXXX1234X (es un ejemplo). Además acababa de recibir una alerta de mi Banco con la advertencia de que los amigos de lo ajeno están enviando enlaces que simulan a la Agencia Tributaria para apropiarse de tus datos.

Total, que hoy entro en mi área personal de la AEAT, para consultar un dato fiscal, y veo que tengo una notificación. Un requerimiento para presentar justificantes de pago en la declaración de la Renta de 2018. No problemo, lo tengo todo en regla, pero me salta la duda por la demora en ver la notificación. Hacienda da un plazo de 10 días para atender el requerimiento y el SMS lo recibí el 14 ( no cuentan sábados, domingos y festivos).

Estoy en plazo con el SMS, pero lo que de verdad tiene en cuenta Hacienda es el Acuse de recibo. Cuando entras en la notificación hay 2 botones: VER NOTIFICACIÓN (hay que firmar para verla) y ACUSE DE RECIBO. Cuando entras en acuse de recibo es el momento que Hacienda considera que te das por notificado y es a partir de ese momento en que se cuenta el plazo de 10 días. Es conveniente descargar el justificante.

La multa por no atender una notificación puede llegar a los 600.000 euros. Poca broma.

A no ser que seas el rey, que entonces puedes hacer lo que te salga de los cojones y los siervos te vitorean y te piden que les mees en la cara.
El SMS que te llega al movil es un aviso de que tienes una notificación en la Sede Electrónica, pero aunque no te llegue no impide que la notificación sea considerada plenamente válida.

Una vez que entras a la Sede Electrónica solo existe comparecencia en el momento en el que accedes al contenido de la notificación, a partir de entonces es cuando estás notificado. No sé sí hacienda tiene otros plazos, pero en la Administración se entiende rechazada si, transcurridos 10 días naturales desde su puesta a disposición (o sea desde que te llegó el aviso), no accedes a su contenido.

Hacienda cumple con la obligación de notificar al poner a disposición del usuario la notificación en la sede electrónica.
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degas
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#65666Mensaje

¿Dónde se recoge la sanción de 600.000 euros?
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Paul Breitner
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#65667Mensaje

degas escribió:¿Dónde se recoge la sanción de 600.000 euros?
El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha establecido que no consultar los mensajes de la bandeja de entrada de la Sede Electrónica puede ser considerada una falta grave de 'resistencia, obstrucción, excusa o negativa' a Hacienda. Por tanto, no será posible que el contribuyente alegue que no vio la información solicitada y equipara este buzón digital al del domicilio.

Además, ha recordado que los usuarios deberían revisar estas notificaciones cada 10 días para asegurarse de que no hay nuevas peticiones. En caso de no hacerlo, podría llegar a considerarse como infracción grave, lo cual implica multas de entre 150 y 600.000 euros, o el porcentaje correspondiente a la cifra de negocios del infractor en el año natural.

https://www.lainformacion.com/economia- ... s/2842833/

SEDE de la AEAT...

Es preciso acceder periódicamente (como mínimo una vez cada 10 días) a sus notificaciones electrónicas. No obstante, la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, entidad prestadora del servicio, contempla la posibilidad, al configurar el perfil de la dirección electrónica habilitada, de consignar una o varias cuentas de correo electrónico personal en la que, de forma no vinculante, se le informará de las entradas de las nuevas comunicaciones y notificaciones realizadas por la AEAT.

Asimismo, tiene a su disposición el sistema de avisos de la Agencia Tributaria, dirigido tanto a personas físicas como a personas jurídicas y entidades sin personalidad. Podrá darse de alta y obtener la información que precise pinchando en el siguiente enlace: Suscripción de avisos de notificaciones.


Las notificaciones electrónicas se entenderán producidas en el momento del acceso al contenido del acto notificado, o bien, si este acceso no se efectúa, por el transcurso del plazo de 10 días naturales desde su puesta a disposición sin que haya accedido a las misma.

Todas las comunicaciones y notificaciones estarán disponibles 90 días naturales en la DEH. Durante ese período, se podrá visualizar por completo su contenido cuantas veces se precise (el contenido sólo se puede visualizar durante los 90 días si se ha accedido a él en el plazo de 10 días; si ha expirado no se podrá ver el contenido). Con posterioridad a este plazo, sólo se podrán consultar en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria.

El sistema de notificación electrónica acredita la fecha y hora en que se produce la puesta a disposición del interesado del acto objeto de notificación. Igualmente, el sistema acredita la fecha del acceso del destinatario al contenido del documento notificado o en que la notificación se consideró rechazada por haber transcurrido el plazo legalmente establecido.

Si, con anterioridad a la fecha de recepción de la comunicación de la notificación, se hubiera accedido a la Sede electrónica de la Agencia Tributaria y le hubiera sido practicada la notificación por comparecencia electrónica, la fecha que prevalece a todos los efectos es la de la primera de las notificaciones correctamente practicada.

https://sede.agenciatributaria.gob.es/S ... 381e0aRCRD
Última edición por Paul Breitner el Mié May 25, 2022 9:27 am, editado 2 veces en total.
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Redwhovian
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#65668Mensaje

degas escribió:¿Dónde se recoge la sanción de 600.000 euros?
El Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) emitió en junio de 2021 un nuevo criterio que un contribuyente que esté dado de alta y hace caso omiso de los requerimientos de información notificados por la Agencia Tributaria a través de medios electrónicos estaría cometiendo una infracción grave que puede ser sancionada con multas de entre 150 euros y 600.000 euros, independientemente de la intencionalidad.
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Paul Breitner
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#65669Mensaje

Redwhovian escribió:
degas escribió:¿Dónde se recoge la sanción de 600.000 euros?
El Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) emitió en junio de 2021 un nuevo criterio que un contribuyente que esté dado de alta y hace caso omiso de los requerimientos de información notificados por la Agencia Tributaria a través de medios electrónicos estaría cometiendo una infracción grave que puede ser sancionada con multas de entre 150 euros y 600.000 euros, independientemente de la intencionalidad.
REQUERIMIENTO MODELO: 100 - 2018 Notificación XXXXXX

....Fecha de emisión....Fecha de notificación....Modo de notificación....Leída
........13-05-2022...............25-05-2022.....Comparecencia Electrónica...Sí
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Kylian4Erling
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#65670Mensaje

Digo yo que lo mejor será ponerte en contacto con un especialista en la materia, no meterte en un foro de fútbol.
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Paul Breitner
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#65671Mensaje

Kylian4Erling escribió:Digo yo que lo mejor será ponerte en contacto con un especialista en la materia, no meterte en un foro de fútbol.
Paul Breitner escribió:... os cuento por si alguien no conoce el operativo.
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Capa
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#65672Mensaje

[youtube]Wg07g-mRrAU[/youtube]



=D> =D>

Así se habla Steve .
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Apostata
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#65673Mensaje

Capa escribió:[youtube]Wg07g-mRrAU[/youtube]



=D> =D>

Así se habla Steve .
Estoy totalmente de acuerdo en todo lo que dice aunque sea un pésimo actor.
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Paul Breitner
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#65674Mensaje

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Apostata
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#65675Mensaje

Paul Breitner escribió:Imagen
Se equivoca VOX. En España, a día de hoy, cualquier señorito de bien se puede sacar una licencia de caza sin menor problema. Con esto lo que van a conseguir es armar a la chusma.
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MKG
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#65676Mensaje

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MKG
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#65677Mensaje

19 niños muertos, 21en total, en la masacre, en un colegio en Texas, qué hijo de la gran p... :evil: :oops: :facepalm:
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Kylian4Erling
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#65678Mensaje

Apostata escribió:
Paul Breitner escribió:Imagen
Se equivoca VOX. En España, a día de hoy, cualquier señorito de bien se puede sacar una licencia de caza sin menor problema. Con esto lo que van a conseguir es armar a la chusma.
La chusma está bien armadita en cualquier país del mundo.
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DelBosque
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#65679Mensaje

Kylian4Erling escribió:
Apostata escribió:
Paul Breitner escribió:Imagen
Se equivoca VOX. En España, a día de hoy, cualquier señorito de bien se puede sacar una licencia de caza sin menor problema. Con esto lo que van a conseguir es armar a la chusma.
La chusma está bien armadita en cualquier país del mundo.
Imagínate un okupa con licencia para disparar. No es buena idea. Suponiendo que no coja el arma al revés claro.
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Dinammyta
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#65680Mensaje

¿Para cuándo un server del foro?, pregunta seria.
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