ONT'ARRIVE escribió:un par de cosas:
la ley webster puede ser que no pueda ser aplicable a aquellos jugadores que en su contrato tengan clausula de rescisión,como ocurre en españa y portugal.
Si finalmente robinho pudiera acojerse a esta ley y se fuera por 10 millones,creeis que el perjudicado seria el madrid????
cuanto costarian entonces messi,iniesta,silva,villa.....?
Es verdad aquí en España les daría muchos quebraderos de cabeza al jugador en rebeldía y al club que intente "choricear" donde no debe: Aunque todavía no es definitivo y está muy dado a las interpretaciones legales.
Respecto al fútbol español, el laudo no tiene porque tener necesariamente el mismo impacto y efecto que en el resto de los países dado que (i) la figura de la cláusula de rescisión del RD 1006 es una predeterminación del daño causado por la extinción unilateral que FIFA/TAS puede tener muy en cuenta a la hora de fijar la indemnización y, sobre todo (ii) porque parece inimaginable que un club español no acuda a la jurisdicción laboral ordinaria y si a FIFA a la hora de intentar hacer valer la cláusula de rescisión de un contrato de trabajo. Para el Juez de lo Social español, el Reglamento FIFA y sus “periodos protegidos”, no deja de ser y de tener el mismo valor como rango de ley que los estatutos de una comunidad de vecinos.
El fútbol español parece que deberá esperar a la decisión del Tribunal Supremo en el caso Zubiaurre para conocer con una mayor concreción el “coste” y los baremos de cálculo que se aplican en caso de rescisión unilateral del contrato de trabajo de los jugadores de la liga española. No obstante, de cara a los fichajes del próximo verano, se presentan buenas oportunidades de adquisición de jugadores a un óptimo precio. Iusport (Web de derecho deportivo)
¿Y en España?
En España existen las clausulas de rescisión, mientras que en otros países no. La clausula de rescisión primaría sobre la indemnización. (Diários de fútbol)