si explicaron eso, mal explicado, porque no son los parámetros que se dan a los árbitros desde el organismo arbitral.zam escribió:Lo explicaron bastante bien en Radio marca o Carrusel y El Larguero. Es importante recalcar si es AGRESION.Carcaquin escribió:zam escribió:Efectivamente, es importante que en el acta aparezca o no AGRESIÓN, es una vara de medir para el cometé. Por ejemplo, no es lo mismo soltar el codo en un lance del juego que ir a ostiar a un jugador con el balón parado, o pisar a un contrario que está en el suelo...
¿De dónde sacas eso? La palabra agresión no es importante, ya lo he explicado, y ¿dónde has oido eso?
Según esa teoría, si digo que fulanito ha pegado con el puño cerrado a mneganito tres veces en la cara con potencia, como no aparece la palabra agresión...
Insisto, se ruega y se solicita a los árbitros definir las acciones para su análisis y no calificarlas, y tiene sentido si lo pensais bien.
Y sabiendo un poco sabes que Agresion cuenta casi siempre como cuando el jugador va directamente a agredir al rival sin balón por medio. Una falta brutal a la rodilla, por desgracia, no es agresión si va al balón
Por otro lado, yo escuché el larguero y dijeron exactamente lo mismo que he dicho yo:
Paco González: "el árbitro no califica las acciones en el acta". El corte se puede encontrar en la página web de la SER.
También dijeron, y esto es una prueba de que se pueden equivocar, que el hecho de que haya lesión del rival no es un agravante. Falso. Según el reglamento el hecho de que haya lesión y si el club afectado presenta una anexo en ese sentido, sí es un agravante. No sé si el Málaga lo ha hecho, pero si lo ha presentado, entonces se juzgará su carácter de agravante.
Yo sólo recojo el reglamento y las premisas que se les dan a los árbitros.